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¿Quiere recuperar el dinero que invirtió en acciones OPS BANKIA?
Han sido muchos los pequeños ahorradores que principalmente aconsejados por los empleados de la sucursal de Bankia, en la que siempre han confiado depositando allí sus nóminas y ahorros, suscribieron la compra de acciones de bankia antes de su salida a cotización en bolsa el 20 de julio de 2011.
Según el desarrollo de los acontecimientos que todos hemos ido conociendo a través de la prensa, se puede afirmar rotundamente que es posible recuperar el dinero invertido en la compra de acciones de Bankia con una fundamentación jurídica y ahora parece que también jurisprudencial muy sólida.
¿Qué debo hacer para recuperar mi dinero?
Aunque la lógica y la razón dice que Bankia debería devolver el dinero a los inversores que lo desearan, en ningún caso lo va hacer si un juez no le obliga a ello, por lo que la única vía para recuperarlo es interponer una demanda ante el Juzgado de turno que corresponda.
Lo primero que se debe hacer es efectuar una reclamación a Bankia en la que se le solicite la devolución de las cantidades invertidas en acciones.
La respuesta será negativa en todos los casos, salvo que el cliente les pueda interesar por otros motivos, y hay que tener mucho cuidado con posibles acuerdos que propongan y con lo que se pueda firmar, puede encerrar cualquier situación incluso peor que el disponer de acciones de Bankia a día de hoy. Ahí está el ejemplo de los que pasaron de ser preferentistas a ser accionistas, con el también famoso “canje”.
Una vez obtenida la respuesta negativa, se debe presentar demanda judicial ante el juzgado de primera instancia de su domicilio, en donde se tramitará el procedimiento correspondiente que finalizará con una sentencia estimatoria con condena en costas a la demanda, según la cual usted devolverá las acciones que posee y Bankia le entregará el dinero que invirtió aumentado en los intereses legales desde el momento de la suscripción hasta la fecha de devolución, además muy posiblemente con interposición de costas al Banco. Es decir, Bankia deberá devolverle su dinero y pagar a su abogado la minuta de honorarios que presente en el Juzgado.
¿Por que creemos que le devolverán su dinero?
En el caso de las acciones no existen casos particulares de accionistas que conocen mejor o peor el producto, todos conocemos como funciona la bolsa y lo que representa invertir en ella, la acción contra Bankia se fundamenta en el hecho notorio y acreditado plenamente, de que el folleto informativo de la OPS de Bankia y las cuentas anuales que incluía, NO REFLEJABAN UNA IMAGEN FIEL Y REAL de la compañía, tal y como la propia Bankia demostró al reformular sus cuentas el 24 de mayo de 2012 y pedir un rescate al FROB que ha superado los 20 mil millones de euros.
Esta imagen irreal del Banco reflejada en sus cuentas, provocó el error en el consentimiento prestado al comprar las acciones de Bankia. ¿¿Alguno de Ustedes hubieran comprado acciones de Bankia si conocieran que el agujero de sus cuentas alcanzaban esos 20 mil millones de euros??
No se sientan mal, son cuentas auditadas por una consultora internacional de primera fila y que han superado el filtro del organismo supervisor, Banco de España, y del organismo regulador, Comisión Nacional del Mercado de Valores, permitiendo su cotización en bolsa. Además sus dirigentes se aprovecharon de la buena imagen de sus empleados, que son el lazo de unión con todos los inversores, en quienes estos confían absolutamente. Esos empleados fueron los primeros engañados y manipulados por la propia entidad.
El artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores establece la responsabilidad del emisor de acciones sobre la información facilitada en el folleto informativo, y por lo reflejado en este artículo, más lo dispuesto en el Código Civil sobre la validez del consentimiento al contratar, se puede afirmar que las posibilidades de éxito en la demanda son muy altas.
Se solicitaría la devolución por este motivo, también se solicitaría la nulidad del contrato por error /vicio del consentimiento, al haber suscrito las acciones en la creencia transmitida por la entidad, de solvencia y rentabilidad de las cuentas aprobadas para su salida a bolsa, insisto, nunca se debe a la existencia de dolo (esta cuestión se ventila en el procedimiento penal), ni al desconocimiento del producto, todos conocemos el riesgo de invertir en bolsa.
¿Qué plazo tengo para demandar?
Pues este es el principal problema de los accionistas, SE ACABA EL TIEMPO PARA PODER DEMANDAR A BANKIA Y RECUPERAR SU DINERO.
El propio artículo 28 LMV establece un plazo de prescripción para ejercitar esa acción de 3 años, que empezaría a contar desde que se conoce la falsedad contenida en el folleto informativo, o lo que es lo mismo, desde el 24 de mayo de 2012, cuando Bankia solicita su rescate al FROB. EL 24 DE MAYO DE 2015 TERMINA LA POSIBILIDAD DE RECLAMAR POR ESTE DÉFICIT DE INFORMACIÓN EN EL FOLLETO INFORMATIVO DE LA OFERTA DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES.
Existe otra acción basada en el error o vicio del consentimiento regulado en el Código Civil, con un plazo de prescripción de 4 años, a computar desde la compra de las acciones, por lo que en junio/julio de este año también prescribiría esta acción.
Yo particularmente opino que deberían ejercerse las dos acciones de manera subsidiaria para asegurar el éxito de la demanda.
¿A quien no aconsejaría demandar?
A los accionistas que adquirieron acciones después de mayo del 2012, cuando ya era de dominio público la situación financiera real de Bankia.
¿Qué documentación se necesita para inteproner la demanda?
En principio toda la documentación necesaria tendría que estar en poder del accionista, incluso a través del servicio de banca por internet de Bankia debería estar, sino es así, se solicita al Banco directamente o a través del Juzgado junto a la demanda, siendo la misma:
- Orden de Compra.
- Extracto de la cuenta de valores.
- Folleto informativo (se puede obtener en la web de Bankia o de la CNMV).
¿Qué riesgos existen?
Tengan en cuenta una cuestión, nadie puede asegurar al 100% que un pleito se gana. En ocasiones los abogados hacemos todo lo necesario para obtener una sentencia estimatoria, pero influyen muchas variables, hay un juez, en ocasiones un fiscal, otra parte que tiene sus argumentos…, El Derecho siempre es interpretable y no es una ciencia exacta (por eso nos engancha tanto) y siempre puede haber una opinión contraria que tenga su fundamento.
En el caso de que se desestimara la demanda, se deberían pagar las costas judiciales al abogado de Bankia, igual que hacen ellos cuando pierden. Se que es un tema espinoso que no se suele comentar. Yo personalmente opino que mis clientes tienen que saber todo lo que puede pasar cuando se deciden a iniciar un procedimiento, y prefiero perder un cliente por este motivo, que tener que explicar que tiene que pagar las costas y que se sientan engañados.
En el presente caso según las estadísticas el 85% de las demandas reclamando la devolución de la inversión son estimadas, las demandas desestimadas estoy convencido que estaban basadas en la existencia de dolo o desconocimiento del producto, y que fueron de las primeras acciones que se iniciaron, antes de conocerse más datos sobre la salida a bolsa y sin sentencias que fueran interpretando las normas.